 
				Funciones de un Director de Seguridad
					11 ABRIL, 2018 
				 A los directores de seguridad les corresponde, bajo el mando de las empresas donde se desempeñen, el ejercicio de las siguientes funciones:
					A los directores de seguridad les corresponde, bajo el mando de las empresas donde se desempeñen, el ejercicio de las siguientes funciones:
				
			
				
				
					
						- Análisis de las situaciones de peligro y la planificación y programación de las actuaciones necesarias para la implantación y realización de los servicios de seguridad.
- La organización, dirección e inspección del personal y servicios de seguridad privada.
- La propuesta de los sistemas de seguridad que resulten adecuados, así como las supervisión de su utilización, funcionamiento y conservación.
 
						- El control de la formación  permanente del personal de seguridad que de ellos dependa, planteando a la dirección de la empresa la adopción de las medidas o iniciativa pertinentes para el cumplimiento de dicha finalidad.
- La coordinación de los distintos servicios de seguridad que de ellos dependan, con actuaciones propias de protección civil, en situaciones de emergencias, catástrofe o calamidad pública.
- Asegurar la colaboración de los servicios de seguridad con las correspondientes dependencias de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
 
						- En general, velar por la regulación de seguridad aplicable.
- La dirección de los ejercicios de tiro de personal de seguridad, si tuvieran la cualificación como instructores de tiro.
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